El carnet de conducir, como es lógico, tiene una fecha límite de validez. Pasado ese periodo, te tocará renovarlo y pasar el trámite pertinente. Pero, ¿qué pasa si tengo el carnet de conducir caducado? Sanciones y cómo renovarlo. Te contamos todo lo que debes saber sobre tu carnet de conducir.
¿Qué pasa si tengo el carnet de conducir caducado?
Lo primero que debes saber es qué pasa si tengo el carnet de conducir caducado. Y lo que pasa es que, si te pillan, puede conllevar una multa administrativa, es decir, económica. Con las facilidades que hay en la actualidad para renovar el carnet de conducir, es una pena que no lo hagas en tiempo y forma, arriesgándote a que las autoridades te sancionen por ello.
Por cierto, además del carnet de conducir, siempre que cojas el coche debes llevar encima otros tres documentos de forma obligatoria: la Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) del coche, así como el permiso de circulación actualizado y pagado anualmente a tu Ayuntamiento, y el seguro obligatorio.
Pero volviendo al carnet de conducir, debes estar pendiente de su fecha límite de validez y comenzar la renovación con tiempo para no arriesgarte a conducir con el carnet caducado. Basta que te pases un día para que te pillen. Mejor no arriesgar.
¿Cómo saber cuándo caduca el carnet de conducir? Basta con mirar el carnet de conducir, tanto en físico como en la app mi DGT, para comprobarlo. Verás que debajo de la fecha de expedición (el día en que te lo sacaste o lo renovaste), aparece la fecha de caducidad. Una fecha que varía según el tipo de carnet de conducir que tengas.
- Permisos de conducir AM, A1, A, B, B1 y BE – Su validez es de 10 años desde la expedición o renovación.
- Permisos de conducir C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+ E, D y D+E – Su validez es de 5 años desde la expedición o renovación.
Además, a partir de los 65 años, estos plazos se reducen. En los permisos que te dan 10 años, la validez pasa a ser de 5 años. Mientras, en los que eran de 5 años, pasan a ser de 3 años.
Sanciones por conducir con el carnet caducado
Obviamente, hay sanciones por conducir con el carnet caducado. Es decir, cuando hayas sobrepasado la fecha límite de tu carnet, no podrás conducir hasta que lo renueves.
Si ha pasado mucho tiempo desde que cogiste el coche, a lo mejor te conviene dar alguna clase práctica en una autoescuela, para refrescar la memoria. No obstante, en lo que respecta al permiso de conducir, si coges el coche de forma indebida, tendrás sanciones por conducir con el carnet caducado.
Lo cierto es que la sanción por ser pillado con el carnet de conducir caducado tiene poco que ver con el resto de multas de tráfico. De hecho, hay numerosos modelos para recurrir las multas de tráfico habituales, pues siempre hay margen a confusión con la velocidad o la interpretación de una norma de circulación.
En el caso de las sanciones por conducir con el carnet caducado, el recurso se antoja imposible. Si el carnet te caduca el 4 de mayo y te pillan el 7 de julio, los hechos objetivos son los que son. Puedes recurrir, pero será una pérdida de tiempo y dinero.
Multa de 200 euros
El reglamento de Tráfico establece que todo conductor que sea pillado conduciendo con el permiso caducado, recibirá una sanción económica de 200 euros.
Sin pérdida de puntos
Eso sí, esta multa será meramente administrativa y no implica la detracción de puntos del carnet de conducir, tan sólo los 200 euros antes mencionados.
Cómo renovar el carnet de conducir
Conviene saber y recordar que no hace falta volver a examinarse, ni repetir los exámenes teóricos y prácticos de nuevo. Si te caduca tu licencia, te contamos cómo renovar el carnet de conducir.
También es importante saber que puedes comenzar los trámites para renovar el carnet de conducir tres meses antes de que éste caduque. Este margen viene dado para que tengas tiempo de pedir cita y recopilar la documentación y elementos necesarios para renovar el carnet de conducir.
Una vez ha caducado el carnet de conducir, no tienes fecha límite para renovarlo. Es decir, puedes tardar un día o un año desde que te caducó. Obviamente, lo que no puedas hacer es conducir mientras no lo tengas en vigor. Así, te contamos cómo renovar el carnet de conducir y las dos opciones que tienes
- En la Jefatura Provincial de Tráfico
Ha sido la única forma de renovar el carnet de conducir durante mucho tiempo y de ahí las colas que se formaban. En la actualidad, mucho más desahogado, podrás renovar tu carnet de conducir tras solicitar cita previa. Una vez allí, tendrás que llevar la siguiente documentación:
-
- Impreso oficial de renovación.
- Informe médico de aptitud psicofísica
- DNI original, pasaporte o tarjeta de residencia y fotocopia
- Foto actual tipo carnet
El precio de la renovación del carnet de conducir es de 24,10 euros. Si lo que quieres es un duplicado de tu carnet de conducir, el precio será de 20,40 euros.
Por otro lado, a partir de los 70 años, no pagarás tasa alguna, a menos que, por motivos médicos, esa renovación sea con mayor regularidad. Así, cada cuatro años pagarás 19,30 euros; cada tres años, 14,50 euros; cada dos años, pagarías 9,7 euros; mientras que renovaciones anuales te costarán 4,90 euros.
- En un centro médico autorizado
El informe médico de aptitud psicofísica que debes presentar en la Jefatura Provincial de Policía, lo obtienes en centros médicos autorizados a este respecto. Desde hace varios años, estos centros médicos están autorizados también a realizar los trámites de renovación de forma directa, desahogando las Jefaturas de Tráfico y agilizando el trámite para millones de ciudadanos.
En este caso, tras realizar las pruebas en el centro médico, allí nos tomarán la propia fotografía, por lo que no es necesario llevarla. Así, tras pagar el informe médico y las tasas, el Centro Médico nos expedirá un permiso temporal de conducir con una duración de 90 días. En un plazo bastante menor a estos tres meses, recibirás en casa tu carnet de conducir renovado y actualizado.