Multas por conducir borracho

Hay cosas que nunca deberías hacer si vas a conducir y una de ellas es beber, no solo te pones a ti en peligro, sino a todo el mundo que está contigo en el coche o que circula por la carretera. Si por algún caso has sido multado por este caso, no solo puedes estar cometiendo un delito en vez de una infracción, sino que te quitarán varios puntos de carnet, trabajos sociales, 1.000 euros como multa económica y en algunos casos, la cárcel.

alcohol

La tasa de alcohol para conducir no puede superior a la permitida. En este caso, más de 0,25 mg/litro de aire espirado para la mayoría de conductores, y 0,15 mg/l de aire espirado para profesionales y conductores con menos de un año con carnet de conducir. Pasarse de esto es una infracción muy grave y genera multas de entre 300 y 600 euros. Incluso prisión.

 accidente

Desde la DGT advierten de los efectos que tiene conducir borracho. Y también advierten que coger el coche con resaca, a pesar de no estar sancionado, es igual de peligroso. Estudios de la DGT han comprobado que conducir borracho dispara las posibilidades de accidente porque:

  • Se duplica la velocidad habitual
  • La velocidad media aumenta en 20 km/h
  • Los límites de velocidad se pasan cinco veces más
  • El carril contrario se invade cuatro veces más de lo habitual
  • Los semáforos y los STOP no se respetan en la mitad de ocasiones
  • Los reflejos disminuyen un 80%

¿En qué consiste la prueba de alcoholemia?

¿En qué consiste la prueba de la alcoholemia? La realidad es que la prueba es más que sencilla. Tan sólo hace falta un alcoholímetro y una boquilla, por la que sopla el conductor de forma constante hasta que suena un pitido. Si el conductor corta el soplido, la prueba se interrumpe y se repite. El soplido debe ser prolongado.

control alcoholemia

Diez minutos después de la primera prueba, se hace una segunda para verificar los datos obtenidos. Además, esta segunda prueba sirve a los agentes para saber si la borrachera está ?subiendo? o «bajando?. Si da positivo, el conductor no podrá circular con el vehículo. En tal caso, o espera a que se le pasen los efectos o deja que conduzca algún acompañante autorizado y sobrio.

Si el resultado de la prueba es negativo pero el agente alberga dudas sobre el estado del conductor, puede someterle a otras pruebas. Para ello, le hará salir del vehículo para hacer un test de coordinación y equilibrio u hacer un test para otras sustancias, como hachís o cocaína.

¿Es posible negarse a realizar la prueba de alcohol?

¿Es posible negarse a realizar la prueba de alcohol? Por supuesto. Ahora, traerá consecuencias graves. En concreto, dos delitos distintos:

  • Delito de desobediencia por negarse a hacer la prueba (art. 383 del Código Penal)
  • Delito de conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas (art. 379.2 del Código Penal)

No obstante, algunas sentencias recientes, han derivado en otros dos delitos más a poder sumar a la negativa de hacer la prueba.

  • Delito contra la seguridad vial (art. 383 del Código Penal)
  • Delito de desobediencia

En todos los casos, ni que decir tiene que la opción de la cárcel está sobre la mesa y con muchas papeletas para ser realidad.

Diferencias entre infracción y delito

Las diferencias entre infracción y delito son relevantes cuando se trata de tráfico y alcohol. Básicamente, porque la infracción se soluciona con una multa, pero el delito está penado con cárcel. Todo depende, obviamente, de la cantidad de alcohol ingerida por el conductor. De ahí la relevancia de no beber nada cuando vayas a conducir.

Obviamente, en el caso del delito se está castigando el peligro de ir en peores condiciones para conducir. Además, en ambos casos, tanto la multa como la pena de cárcel, irán de la mano de una pérdida significativa de puntos y retirada del carnet. También dependerán de la cantidad, pero pueden llegar a seis.

Infracción – Si la tasa es inferior de 0,60 mg/l

Si te someten a una prueba de alcohol y estás por encima de 0,25 miligramos de alcohol por litro de sangre, tienes un problema. Ahora, ese problema puede ser infracción, es decir, multa, si no pasas de 0,60 mg/l.

El mínimo de positivo se reduce a 0,15 mg/l en el caso de los conductores noveles (menos de un año de experiencia) y los profesionales.

Desde ese momento, y con la actual ley en la mano, éstas son las multas que tendrías, según tu nivel de alcohol en sangre:

  • De 0,25 a 0,50 mg/l – 500 euros y cuatro puntos. Quienes reincidan, pagarían 1.000 euros y otros cuatro puntos.
  • De 0,51 a 0.60 mg/l – 1.000 euros y seis puntos

Delito – Si la tasa es superior de 0,60 mg/l

En caso de hacer la prueba de alcoholemia y dar positivo, por encima de 0,60 mg/l, habrás cometido un delito. Contra la salud pública, en concreto.

En este caso, las consecuencias son varias.

  • De tres a seis meses de prisión
  • Multa de entre seis y 12 meses
  • En algunas ocasiones, la pena se conmuta por trabajos para la comunidad, durante tres meses.
  • Retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años.

Por cierto, si te niegas a realizar la prueba de alcoholemia, también estarás incurriendo en un delito. Te arriesgas a penas de hasta un año de cárcel y, de nuevo, retirada de uno a cuatro años del carnet de conducir.

Y sí, puede que en Callejeros o en Youtube, los conductores bebidos al volante hagan gracia. La realidad es que son peligros sobre ruedas. Está bien reírnos desde el sofá, siempre y cuando no lo hagamos o no nos crucemos con uno de ellos por la carretera.

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